Para los que no sepan que es el
IRPH, explicaremos que se trata de un índice de referencia hipotecario similar
al Euribor que usaron, y siguen usando, algunos bancos para conseguir hipotecas con más
rentabilidad para sus arcas.
El IRPH (Índice de Referencia de
Préstamos Hipotecarios) es el interés medio de las hipotecas concedidas a más de tres años para la compra de vivienda
libre que han dado bancos y cajas durante el mes al que apunta el índice. Así
que se excluían las hipotecas bonificadas por convenios para la adquisición de viviendas
de protección oficial y subvencionada.
El Banco de España, después de calcular
una media de las distintas ofertas del mercado hipotecario registradas por los
bancos y cajas, lo hace público el 15 de cada mes a través del BOE, algo que se
hará hasta abril de este año.
De media el IRPH ha tenido un
comportamiento en los últimos 5 años, entre 2008 y 2012, manteniendo una
diferencia superior a 1,5 puntos sobre el Euribor, que significa que éste ha
sido el diferencial medio empleado para los préstamos hipotecarios.
Y ahora, que por lo visto, ha
desaparecido este índice, ¿Qué pasa con las hipotecas referenciadas al IRPH? ¿Qué
pueden hacer los titulares de las mismas para referenciar el índice al Euribor?
Los titulares de estas hipotecas deben
evitar a toda costa errar en la renegociación con el banco y para ello debéis comprobar
lo siguiente:
1º) Debes examinar la escritura
de la hipoteca. En muchas de ellas se había establecido, que en el caso de que
el IRPH desapareciera, la referencia seria
el Euribor. Sería una ventaja si se estipula que la nueva referencia fuera el
Euribor más un diferencial del 1,00%, o hasta un 1,50%, ya que en la actualidad
se están planteando diferenciales por encima del 1,50% para las hipotecas de
nueva constitución.
2º) Si en la escritura se detalla
la referencia pero NO se especifica el diferencial, tendrías que renegociar con
el banco. Si no llegaras a un acuerdo beneficioso tendrías que solicitar una
subrogación en otra entidad para conseguir pagar intereses más bajos con una
oferta vinculante para conmutar tu hipoteca.
3º) Si no se hubiera especificado
el cambio de índice de referencia o en el caso de que éste fuera ligado a otro índice
de los que han desaparecido, la cosa pinta peor. En este caso la entidad posee
la libertad de asignar las nuevas condiciones de diferencial y referencia o
puede proponer alguna oferta distinta estableciendo un tipo de interés fijo
durante los primeros años y variable en los siguientes. Habría que conocer las
condiciones que se han establecido por parte del gobierno para realizar estos
cambios sin que se perjudique a los titulares de préstamos hipotecarios.
Lady Blu
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